De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo sí genera el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), pero no en todos los casos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) retendrá el ISR siempre y cuando el monto recibido por el trabajador sea 30 veces, o más, la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En caso de algún problema con el pago de esta prestación se puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).